ICSOE – SISUB
IMSS INFORMATIVA DE CONTRATOS DE SERVICIOS U OBRAS ESPECIALIZADOS (ICSOE)
INFONAVIT SISTEMA DE INFORMACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN (SISUB)Son las herramientas electrónicas denominada Informativa de Contratos de Servicios u Obras Especializados (ICSOE) implementada y administrada por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Sistema de Información de Subcontratación (SISUB) implementada por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, a través de la cual los prestadores de servicios o ejecutores de obras especializadas reportarán la información de los contratos celebrados, en el cuatrimestre anterior, conforme a lo siguiente:
Periodo Cuatrimestre Presentación
Enero – Abril Primero 1 al 17 de Mayo
Mayo – Agosto Segundo 1 al 17 de Septiembre
Septiembre – Diciembre Tercero 1 al 17 de Enero
Para realizar la presentación será necesario contar con la siguiente información:
Requisitos
IMSS
e.firma otorgada por el SAT de la persona física, y tratándose de la persona moral, el acceso debe ser con la e.firma de la persona moral y no la del representante legal.
Contrato o contratos de subcontratación.
Detalle de trabajadores (número de seguridad social, curp y salario base de cotización) especializados para cada contrato.
Datos Generales del beneficiario del servicio.
Copia simple del registro emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para la prestación de servicios especializados o la ejecución de obras especializadas.
INFONAVIT
Estar registrado en el Portal Empresarial.
Formato Información sujeto obligado, detalle de trabajadores y detalle del contrato (en formato .csv).
Registro o registros emitidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (en formato pdf).
Escritura constitutiva y modificaciones (en formato pdf).
Contrato o contratos de subcontratación (en formato pdf).
Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
Las empresas obligadas conforme a la firma de contrato.
La obligación de reportar la información de los contratos celebrados, contenida en el artículo 15 A de la Ley del Seguro Social y 29 Bis de la Ley del Infonavit, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 23 de abril del 2021, entrando en vigor al día
siguiente de su publicación, es decir, el día 24 de abril. En este sentido, la obligación nace a partir de la fecha en que entró en vigor. Por lo tanto, los contratos celebrados a partir del día 24 de abril del año actual, debe informarlos a través del aplicativo ICSOE y SISUB, o en su caso, los contratos que hayan sufrido modificaciones a partir de la entrada en vigor de la reforma.
Por lo anterior, si su empresa presta servicios especializados o ejecuta obras especializadas con trabajadores bajo su dependencia a favor de una o más beneficiarias deberán revisar los contratos celebrados a partir del 24 de abril del año actual y presentar las informativas correspondientes.